Martes 27 de marzo de 2018
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Política
Etchevehere también declaró la emergencia para Entre Ríos
Así como lo hizo la Provincia hace dos semanas, el ministro nacional decretó este martes la emergencia agropecuaria en todo el territorio entrerriano durante 12 meses. Qué áreas incluye y qué beneficios prevé para los productores
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El polémico ministro entrerriano decretó el estado de emergencia por la sequía

E

l ministro de Agroindustria de la Nación, Luis Miguel Etchevehere, firmó este lunes la normativa que dispone el estado de emergencia y/o desastre para la provincia de Entre Ríos como consecuencia de la intensa sequía que afecta a las producciones. Lo hizo en base a una recomendación emitida por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) el pasado miércoles. La medida nacional se suma a la adoptada a nivel provincial por el gobernador Gustavo Bordet, quien firmó el pasado lunes 12 el Decreto 373/18 y dispuso la emergencia para todos los departamentos, que se extenderá durante un año, para toda la actividad primaria y todos los productores sin límite de hectáreas. El estado de emergencia y/ o desastre agropecuario resuelto por Etchevehere se efectivizará esta semana cuando se plasme en el Boletín Oficial e incluye a todas las actividades agrícolas, lecheras, ganaderas, citrícolas, frutícolas, hortícolas, forestales y apícolas. Será por un plazo de 12 meses, contados desde el 1 de marzo de 2018. El polémico ministro entrerriano señaló: "entendemos la difícil situación que está atravesando el productor y por eso, nuestro compromiso es poner a disposición todas las herramientas disponibles para que sepan que el Estado Nacional no los va a dejar solos". A partir de esto "se puede acceder a una serie de beneficios dispuestos por la Ley de Emergencia que permita mitigar el efecto de la sequía" remarcó Etchevehere. Los beneficios impositivos que contemplan la Ley de Emergencia agropecuaria nacional son: diferimiento del vencimiento general de las obligaciones impositivas de pago de las DDJJ y/o anticipos del impuesto a las ganancias, sobre los bienes personales, a la ganancia mínima presunta y el fondo para educación y promoción cooperativa; suspensión del término corrido de prescripción y caducidad de instancia; deducción del impuesto a las ganancias por venta forzosa de hacienda y Plan de Facilidades Permanente para contribuyentes alcanzados por la emergencia y/o desastre agropecuario en aportes de la seguridad social y en contribuciones patronales e IVA; y beneficios bancarios a través del Banco de la Nación como la espera de vencimientos desde la declaración de emergencia hasta la finalización del ciclo productivo, entre otras medidas.
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