Jueves 12 de abril de 2018
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Política
El reglamento del Senado dificulta la división del bloque de Cambiemos
El Congreso radical ordenó a sus legisladores conformar bloques separados del PRO y trabajar con sus socios en interbloques. En Diputados se conformó "UCR en Cambiemos". Sin embargo, en la Cámara Alta no existe la figura del interbloque.
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Los radicales del Senado analizan cómo conformar interbloque.

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l último Congreso radical ordenó a los legisladores provinciales que conformen bloques aparte del PRO y que trabajen con sus socios a través de un interbloque de Cambiemos, emulando el funcionamiento que existe en el Congreso nacional. En Diputados, cinco radicales ya conformaron el bloque “UCR en Cambiemos”. Ahora resta que en el Senado los radicales hagan lo propio. Sin embargo, antes deberán superar una particularidad: el reglamento de la Cámara Alta no contempla la figura del interbloque. De momento, surgió la idea de presentar un proyecto para modificar la norma interna para agregar esa figura. Al respecto, el senador radical Beltrán Lora dijo que si bien “está la voluntad de acatar lo que determinó el congreso, está pendiente tomar una determinación para ver cómo vamos a resolver esto debido a que el reglamento de la Cámara de Senadores no hace referencia al funcionamiento de interbloques”. “Hay una resolución del congreso partidario, pero para poder acatarla debemos ajustarnos a lo que establece el reglamento el Senado, donde no existe la figura del interbloque”, remarcó el legislador, según publicó Apf. En este sentido, señaló que “una de las opciones podría ser presentar un proyecto para modificar el reglamento e incluir la conformación de interbloques”. Y agregó a esta Agencia: “Además, para que haya un interbloque se necesitaría que el otro partido, o sea, el PRO, conforme un bloque propio”. Todo esto se va a terminar de resolver en una serie de reuniones que tendrán lugar el lunes o martes próximos: “La idea es ver cómo le damos forma a lo que resolvió el congreso partidario, cómo podemos encuadrar la resolución partidaria dentro del reglamento de la Cámara”.
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