Lunes 01 de julio de 2019
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Política
Servini de Cubría es la última esperanza de los celestes

Los candidatos pro vida de Juntos por el Cambio, que encabeza Gainza y Viola, no lograron el pegado.  Sin embargo, la jueza federal María Servini de Cubría tiene la última palabra. La fecha límite para tratar los reclamos es el 12 de julio.

ServiniCubria
Gainza y Viola depositan sus esperanzas en Servini de Cubría (centro).

L

a Junta Electoral nacional de Juntos por el Cambio finalmente dio su resolución respecto del pegado de listas de legisladores nacionales de Entre Ríos con la fórmula presidencial de Mauricio Macri y Miguel Ángel Pichetto: sólo lo podrá hacer la nómina que encabezan Alfredo De Angeli y Gabriela Lena, para el Senado y Diputados, respectivamente.


La resolución era esperada por las diferentes listas que querían el pegado con Macri-Pichetto, tales como "Futuro Entrerriano", de Raymundo Kisser y Leandro Arribalzaga; "Defensores del Cambio", de Hernán Blázquez; y "Defensores del Cambio Entre Ríos", que lleva al concejal parananese Emanuel Gainza como senador nacional y a la radical María Alejandra Viola para la Cámara Baja nacional. 

Según supo INFORME DIGITAL, la nómina de Gainza y Viola, que se revindica pro vida en rechazo al proyecto de aborto legal, ya deposita sus esperanzan en la justicia federal, que tiene la última palabra para decidir sobre el pegado. La abogada Valentina Gotte, apoderada de la lista celeste, ya inició el trámite ante el juzgado federal con competencia electoral, María Romilda Servini de Cubría.


Lo que dice el archivo


Según el cronograma electoral, la magistrada tiene tiempo hasta el 12 de julio, 30 días antes de las PASO, para resolver sobre la aprobación de las boletas oficializadas y el reclamo formulado por la lista celeste y las demás que se presenten en todo el país.

El artículo 38 de la ley electoral 26.571, establece que "las boletas de sufragio tendrán las características establecidas en el Código Electoral Nacional. Serán confeccionadas e impresas por cada agrupación política que participe de las elecciones primarias, de acuerdo al modelo de boleta presentado por cada lista interna. Además de los requisitos establecidos en el Código Electoral Nacional, cada sección deberá contener en su parte superior tipo y fecha de la elección, denominación y letra de la lista interna".

Y agrega la norma que "cada lista interna presentará su modelo de boleta ante la junta electoral de la agrupación política dentro de los tres (3) días posteriores a la oficialización de las precandidaturas, debiendo aquélla oficializarla dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación. Producida la oficialización la junta electoral de la agrupación política, someterá, dentro de las veinticuatro (24) horas, a la aprobación formal de los juzgados con competencia electoral del distrito que corresponda, los modelos de boletas de sufragios de todas las listas que se presentarán en las elecciones primarias, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de la realización de las elecciones primarias".

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