Miércoles 11 de septiembre de 2019
  |  
Política
Cómo repartirán el 1% de recaudación entre las 55 comunas

Las nuevas comunas se financiarán con el 1% de impuestos nacionales coparticipables y el 1% de los provinciales. Senadores recibieron al ministro de Economía y evaluaron los tres criterios: equitativo, por población y por pobreza.

ballaysenadores
Senadores recibieron al ministro de Economía y evaluaron los tres criterios.

E

l Poder Ejecutivo provincial, a través de un decreto que ya fue ratificado por el Poder Legislativo, creó 55 comunas a partir de diciembre de 2019: 34 de primera categoría y 19 de segunda. Este miércoles se reunió la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado para abordar nuevamente el proyecto del Poder Ejecutivo que crea el Régimen Provincial de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales para las Comunas.

En el encuentro estuvieron presente el ministro de Economía, Hugo Ballay; el senador por Paraná, Raymundo Kisser, de Feliciano, Miriam Espinoza; Gualeguaychú, Nicolás Mattiauda; La Paz, Aldo Ballestena; Nogoyá, Beltrán Lora; Victoria, Roque Ferrari; Concordia, Ángel Giano; Islas, Daniel Olano; Gualeguay, Francisco Morchio; y Uruguay, René Bonato.

El funcionario habló de gradualidad y apuntó a un sistema equitativo y previsible, ya que “puede ser un tema conflictivo para adelante; la ley deberá prever cada vez que se incorporen nuevas comunas”. El funcionario dejó en claro que con esta ley, desde el próximo 1° de enero, las 55 comunas comienzan a recibir la coparticipación apropiada.

“Estamos trabajando el Presupuesto en función de esto”, señaló Ballay, para agregar que además “estamos evaluando con el Ministerio de Gobierno un aporte extraordinario para el mes de diciembre”.

El 1%

En la reforma de la Carta Magna provincial de 2008 se estableció el siguiente sistema de coparticipación:

a) Impuestos Nacionales: de la totalidad de los ingresos tributarios que a la Provincia le correspondan por coparticipación federal de impuestos nacionales, y que no tengan afectación específica, el monto a distribuir a los municipios será del 16% y a las comunas del 1%.

b) Impuestos Provinciales: de la totalidad de la recaudación de los ingresos tributarios provinciales, el monto a distribuir a los municipios será del 18% y a las comunas del 1%

Además, se incluye en el proyecto el modo de distribución secundaria, la que deberá hacerse “teniendo en cuenta criterios objetivos de reparto que contemplen los principios de proporcionalidad y redistribución solidaria, mediante aplicación de indicadores devolutivos, redistributivos y de eficiencia fiscal”, indica el proyecto. 

El reparto

La ley provincial de coparticipación tiene una fórmula polinómica para llevar adelante la distribución secundaria de coparticipación, sus componentes, las fuentes de los datos a utilizar, la periodicidad de actualización de los indicadores, los procedimientos de liquidación y transferencia de los fondos y los organismos encargados de estas tareas.

Para la elaboración de la fórmula polinómica se ha propuesto utilizar un índice compuesto por tres indicadores: Partes Iguales, Electores y la Inversa de Hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas.

El de “partes iguales” sería un indicador redistributivo: fija un piso mínimo a todas las Comunas, cualquiera sea el tamaño, situación económica o social de las mismas. Distribuye de esta forma el 20% del presupuesto disponible, en partes iguales entre todas las Comunas existentes a la fecha de elaboración de los porcentuales.

El concepto de los Electores se considera como un indicador Devolutivo y se forma de acuerdo con la cantidad de votantes de cada Comuna. Se toman como datos actuales los que brinda el padrón electoral del Tribunal Electoral provincial, y no el Censo de personas, por la demora en su realización, ya que se hace una vez por década. Con este criterio se reparte el 60% de los fondos.

Por último, el indicador Hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas se aplica para incentivar “políticas públicas tendientes a erradicar la pobreza, mejorando la eficiencia en la gestión de los recursos y en la realización de los gastos”.

Se calcula la cantidad de Hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas de cada Comuna, de acuerdo a los datos oficiales provenientes del último Censo Nacional disponible del INDEC y se usa para repartir el 20% del presupuesto para comunas.

Lo que dice el archivo


Lo más visto
01
02
03
04
05
+ sobre el tema  
#NuevosMunicipios
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa