Lunes 01 de junio de 2020
  |  
Política
Condenaron a los Etchevehere por arruinar un cultivo

La justicia condenó al ex ministro de Macri y su familia a indemnizar al arrendatario de un campo de la zona de La Paz. Es porque le arruinaron los cultivos de lino. Tendrá que pagarle $359.960.

Laharragueetchevehere
La justicia condenó a Etchevehere (der.) y su familia en una causa civil.

L

a Sala III en lo Civil y Comercial confirmó un fallo de primera instancia que condenó al ex presidente del Consejo Empresario Juan Diego Etchevehere; a su hermano Luis Miguel Etchevehere, ex ministro de Mauricio Macri, y al resto de los herederos de Luis Felix “Zahorí” Etchevehere a indemnizar al arrendatario de un campo que fue de la Escuela Provincial de Nivel Medio Nº 151- Agrotécnica Paraje El Quebracho, a quien los condenados le destrozaron sus cultivos. Antes hubo una demanda penal que terminó en probation.

Esta historia comenzó el 14 de julio de 2007 cuando José María Morcillo, quien junto a Pío Tomás Tyrrel había arrendado 65 hectáreas de campo a la escuela fue a controlar los cultivos de lino allí sembrados y se encontró con que habían cambiado los candados y cadenas de acceso al predio. Morcillo certificó la situación en ese momento con un escribano.

El arrendatario, que había firmado el contrato para la explotación de la tierra hasta el 2010, volvió cuatro días después al campo, donde ya se habían instalado tres personas quienes, a punta de escopeta, le impidieron nuevamente ingresar y lo obligaron a retirarse. Del lino plantado no había quedado ni el recuerdo.

Se abrieron como consecuencia dos procesos judiciales: uno destinado a que los responsables de la usurpación sean sancionados penalmente y otro a que Morcillo reciba una compensación por las pérdidas recibidas. El primero terminó en una suspensión del juicio a prueba, en el medio del cual “Zahorí” Etchevehere falleció y su hijo Juan Diego fue sobreseído en 2014 por cumplimiento del plazo. En el segundo, un fallo de primera instancia dio la razón a Morcillo y ordenó el pago de una indemnización, a valores históricos, de $ 360 mil.


Casa nueva, terreno ajeno

Morcillo reclamó en la Justicia los daños que le ocasionó el “desapoderamiento ilegítimo que habrían perpetrado los accionados invocando su calidad de adquirentes de la superficie de un inmueble rural adquirido a un tercero (Frigorífico Santa Elena), campo éste que se encontraba arrendado por el actor”, es decir: Morcillo.

Este, conjuntamente con Pío Tomás Tyrrel, celebraron el 10  de enero de 2005 un contrato de arrendamiento accidental con el señor Ángel Roberto Ríos, en su carácter de rector de la Escuela Provincial de Nivel Medio Nº 151- Agrotécnica Paraje Quebracho - por el cual se les cedió en arrendamiento por el régimen accidental de cosecha, por las campañas 2005/6; 2006/7; 2007/8; 2008/9 y 2009/10, fracciones o lotes de terreno por un total aproximado de 65 hectáreas de las cuales la institución educativa resultaba poseedora. Cabe destacar que la ley 8971 autorizaba a la institución educativa a celebrar el acto locativo.

En una operación sui generis, que se relata en la nota “Así se vendió la Estancia El Quebracho”, los Etchevehere, a través de Las Margaritas SA (firma complicada en las operaciones que investiga la Justicia por el presunto vaciamiento patrimonial) compraron un predio del ex frigorífico que incluía los lotes que arrendaban Morcillo/Tyrrel, a fin de anexarlo a un inmueble que ya era propiedad de la familia y que se llamaba “Casa Nueva”.

En el expediente se menciona que en la escritura de compraventa del predio en cuestión entre el Estado provincial y Las Margaritas “se aclaró que la vendedora conjuntamente con el Superior Gobierno de Entre Ríos, se obligaban a realizar el trámite de lanzamiento de los intrusos y/o ocupantes por cualquier título que se encontrasen en los inmuebles, mostrando ello que la compradora tenía conocimiento, aceptaba y autorizaba los procedimientos de lanzamiento que serían efectuados en forma conjunta y mancomunadamente por los contratantes.


Sin embargo “los demandados recurrieron a las vías de hecho para despojar a Morcillo y además, se apropiaron de los insumos que el actor guardaba en el predio, destrozaron la vivienda existente, arrancándole puertas y ventanas y demoliendo parte de la construcción, lo que motivó que Luis Félix y Juan Diego Etchevehere (ex titular del Enacom durante el Gobierno de Macri, ex presidente y actual vice del Consejo Empresario) fueran procesados (penalmente) por el delito de usurpación y daño”, señaló la representación legal de Morcillo.

El precio

Por ello, se solicitó que los Etchevehere indemnicen por vía civil al arrendatario por un monto de $ 359.960, calculado según la siguiente base: a) Daño emergente consistente en el sembradío de 35 hectáreas de lino que se ordenó romear. El rinde promedio de lino era de 1,2 Tn./Ha., cotizando  a $1.000 la tonelada (en ese momento, el pasado viernes 29 cerró a $ 11.800) lo que arroja un daño de $42.000. b) Lucro cesante, por las campañas que restaban hasta la finalización del contrato por $267.960 y c) Daño moral: $50.000.

Este reclamo fue atendido en un fallo de primera instancia fechado el 28 de febrero de 2019 y confirmado por la Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por Valentina Ramírez Amable -Presidenta-, Virgilio Alejandro Galanti y Andrés Manuel Marfil el pasado 27 de abril, a través de un acuerdo realizado de manera virtual, habida cuenta del aislamiento dispuesto por la pandemia de Coronavirus.

La demanda civil se interpuso originariamente contra Juan Diego Etchevehere; Las Margaritas SA y los sucesores de Luis Félix Etchevehere, entre los que se cuentan al ex titular de la cartera de Agroindustria Luis Miguel Etchevehere; su madre Leonor María Magdalena Barbero Marcial y hasta su hermana Dolores, quien demandó en su momento al resto de la familia por sentirse perjudicada por las maniobras realizadas y que en esta causa se encuentra “en rebeldía”, indica la sentencia de Amable-Galanti- Marfil a fojas 5.

Por último, cabe consignar que los plazos para apelar esta sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia comenzaron a correr el pasado 26 de mayo.


Fuente: Valor Local.

Lo más visto
01
02
03
04
05
+ sobre el tema  
#Justicia
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa