Miércoles 15 de agosto de 2018
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Política
Diputadas impulsan que la equidad de género regrese al proyecto

El proyecto de ley "abreviado" excluyó la igualdad de género para las listas. En la Banca de la Mujer de la Cámara Baja provincial lo trataron, buscarán articular con senadoras y propondrán que vuelva a incluirse en la reforma.

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La Banca de la Mujer de la Cámara de Diputados de la provincia se reunió este miércoles (Archivo. APF)

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a Banca de la Mujer de la Cámara de Diputados de la provincia se reunió este miércoles para analizar vías de acción en pos de volver a incluir la paridad de género en el proyecto de reforma electoral "abreviada" que empezó a debatir el Senado y con el cual el oficialismo reemplazó el Código Electoral de 190 artículos que iba a ser tratado pero perdió consenso y peso legislativo.

Lo que dice el archivo

Aquél megaproyecto incluía la implementación del mandato constitucional de que las listas de cargos electivos en la provincia deben estar conformados de manera equitativa entre los géneros varón y mujer. Pero la nueva mini-reforma dejó afuera -junto con casi todas sus innovaciones- a la equidad para las candidaturas y las diputadas mujeres intentarán que se vuelva a incluir en el tratamiento.

La diputada Emilce Pross (PJ), presidente de la Banca, propuso establecer un "espacio de diálogo permanente" con las senadoras para unificar criterios y lograr que el tema se incluya en el dictamen unificado que se está trabajando en las Comisiones a las que fue girada esta iniciativa. Este miércoles el texto comenzó a ser discutido en el Senado, en la comisión de Asuntos Constitucionales.

En la reunión de la comisión de las mujeres, las integrantes de la Banca acordaron que firmarán una nota dirigida a los presidentes de las comisiones que traten el proyecto de ley para solicitar la inclusión de la temática de equidad de género en el cupo en las boletas para las elecciones.

Cabe recordar que en Entre Ríos, la Ley 10.012 de Equidad de Género establece que “toda lista de candidatos a cargos electivos provinciales y comunales presentada para su oficialización por un partido político o alianza política habilitado por la Justicia Electoral, deberá contener un veinticinco por ciento (25%) de candidatos, como garantía mínima, por sexo”.

A nivel nacional, en tanto, la Ley 24.012 de Cupo Femenino establece que al menos un 30 por ciento de las listas deben estar integradas por mujeres y propone pautas sobre su implementación.

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