E
l texto completo del decreto:Visto:
La realización de los comicios internos de la Unión Cívica Radical el día 14 de setiembre de 2003
Considerando:
Que conforme al artículo 56 de la Ley de Admnistración Financiera los bienes muebles deberán destinarse al uso para el cual fueron adquiridos, en virtud de ello, el Poder Ejecutivo tomará los recaudos necesarios a efectos de preservar la utilización del parque automotor con fines proselitistas.
Por ello, el gobernador de la provincia de Entre Ríos, decreta:
Artículo 1º: Establécese que el día 14 de setiembre de 2003 se prohíbe el uso de los vehículos oficiales con fines proselitistas.
Artículo 2º: Dispónese la permanencia de los mismos en el Garage Oficial dependiente de la Dirección de Automotores y ante cualquier emergencia que determine el uso de un vehiculo, se deberá requerir la autorización del señor ministro de Gobierno y Justicia, fermín Garay.
Artículo 3º: Invítase al Municipio de la ciudad de Paraná a adherirse a la presente medida.