E
l cuerpo adoptó por unanimidad tal determinación, basándose en lo dispuesto por el Tribunal electoral de Concordia, que habilitó en el mismo sentido a Juan Carlos Cresto (PJ), también procesado.La resolución se conoció cerca de las 10 y lleva la firma de los miembros del Tribunal Electoral, Alberto Ramón Serrano (juez Civil y Comercial de La Paz, que es quien lo preside); Héctor Turano (defensor de Pobres y Menores) y Lucrecia Márquez (jueza de Paz).
El fallo se basa en el pacto de San José de Costa Rica, incorporado a la Constitución Nacional en 1994, que determina que hasta que una persona no está condenada, puede asumir en cargos públicos. La Ley 3001 de Municipios entrerrianos establece que ningún intendente puede asumir o permanecer en sus respectivos cargos, cuando es procesado por la justicia, tal como sucede con los casos de Rossi y Cresto.