Jueves 01 de enero de 2004
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Política
La Nación asume deudas por coparticipación
El Gobierno nacional aceptó la conversión de la deuda con provincias para convertirlas en Bonos Garantizados, según lo publicado en el Boletín Oficial. El BOGAR vence en el 2018...

E

l Gobierno aceptó las ofertas de conversión de la deuda pública de provincias no contenidas en el canje de títulos provinciales por Bonos Garantizados (BOGAR) del Estado nacional por más de 445 millones de dólares.

Así se estableció en la Resolución 633/2003, publicada en Boletín Oficial, donde se precisó que las entidades bancarias y financieras afectadas a la conversión deberán depositar sus títulos provinciales "a la orden del Banco Nación dentro de los tres días hábiles de la entrada en vigencia" de la norma.

De esta manera, se cierra el canje de deuda provincial anunciado hace dos años e iniciado en octubre último, con la entrega de los primeros BOGAR a los inversores en títulos para provincias como la nuestra.

En un primer momento el Gobierno lanzó el canje para los títulos provinciales, y dejó abierta la puerta para que si las provincias lo requerían se tuvieran en cuenta otros tipos de deudas, bajo la condición de aceptar una ampliación de la afectación de sus recursos por coparticipación. Así, la Resolución 633 acepta "las ofertas de conversión de la deuda pública provincial en Bonos Garantizados, instrumentada en préstamos y la representada en títulos públicos, bonos, y letras del Tesoro".

El BOGAR 2018 fue emitido el 4 de febrero de 2002, un mes después de la devaluación, se pagará en 16 años, y es en pesos, con los saldos de capital ajustables por el coeficiente de estabilización de referencia (CER).

La amortización del capital es en 156 cuotas mensuales y consecutivas, de las cuales las primeras 60 equivalen al 0,40%; las siguientes 48 cuotas equivalen al 0,60; las 47 siguientes, al 0,98, y una última cuota representa el 1,14.

La primera de ellas vencerá el 4 de octubre de 2005. El BOGAR paga una tasa anual fija del 2% mensual desde el 4 de setiembre de 2002; y cuenta como garantía con la afectación, de hasta un máximo del 15%, de los recursos de la coparticipación federal de impuestos, correspondiente a la provincia titular de la deuda pública reconvertida.

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