Viernes 02 de enero de 2004
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Política
Quedaran cesantes los empleados que ingresaron a la administración pública durante 2003
El gobernador intruyó a todos los funcionarios para que no se reconozcan las designaciones, ascensos y recategorizaciones producidas hasta el día de su asunción. La medida no incluye a los despedidos de la Ley 9.235, luego reincorporados...

E

l Poder Ejecutivo provincial dejó sin efecto las designaciones, ascensos y recategorizaciones en la administración pública efectuadas entre el 1º de enero y el 10 de diciembre de este año, exceptuando aquellos realizados por la reincorporación de los cesanteados por la 9235 (los despedidos de la gestión de Sergio Montiel).

El ministro de Gobierno, Sergio Urribarri, afirmó que ya se instruyó "a los responsables de cada una de las áreas para que emitan las resoluciones correspondientes".

La medida está contemplada en el decreto 218/03 dado a conocer en la mañana de este miércoles, luego de la reunión de gabinete convocada por el gobernador Jorge Busti en Casa de Gobierno, que duró aproximadamente dos horas.

El artículo 1º de la medida establece que se revoca "por contrario imperio" y dejan sin efecto "todos los actos administrativos dictados en el período comprendido entre el 1º de enero y el 10 de diciembre, que hayan producido designaciones en la planta permanente de cargos en la administración pública provincial.

El 2º, prescribe que las mismas medidas se toman con los "ascensos y recategorizaciones", retrotrayendo la situación de revista de quien fue beneficiado por esta medida al día previo.

La efectividad de la norma es a partir del miércoles 31 de diciembre, es decir el mismo día en que se realizó la reunión de gabinete en la que se dio a conocer la medida. También se instruye a los organismos descentralizados, entes autárquicos y empresas del Estado a que la apliquen en forma "inmediata". La cláusula "por contrario imperio", incluida expresamente en cada uno de los artículos, implica que, salvo los correspondientes a las reincorporaciones de los cesanteados de la 9235, están comprendidos sin excepción todos los casos en los que se haya dado una designación, ascenso o recategorización.

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