E
l senador Berthet (P.J. San Salvador), presentó un proyecto de ley estableciendo un Nuevo Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial de la provincia de Entre Ríos.El proyecto deroga la ley actual ( también de autoría del ahora senador), y todos los decretos reglamentarios, a los fines de establecer un verdadero Código de Tránsito y Seguridad Vial, único e integral para toda la provincia por vía de adhesión municipal.
Argumentos del proyecto
La cuestión actual es caótica porque las provincias dictaron sus leyes de tránsito simplemente adhiriéndose a la ley nacional, pero como la ley nacional también tiene enormes baches legislativos que son llenados por un sinnúmero de decretos y anexos reglamentarios, lo mismo que la ley provincial también con sus decretos reglamentarios sujetos a los humores del gobierno de turno, a lo que se suma las distintas ordenanzas de tránsito y adherencia de los municipios, todo esto conforma un verdadero caos legislativo que ya nadie sabe a qué atenerse, ni la gente sabe qué es lo que tiene que cumplir, ni las autoridades saben exactamente qué es lo que tienen que aplicar dada la dispersión de la maraña legislativa existente en todo lo relativo a normas de tránsito.
Los municipios se ven también "ampliamente favorecidos" con el sistema, porque con la sola adhesión a la ley provincial cuentan ya con un ordenamiento integral de tránsito que favorece tanto su difusión para su cumplimiento como su clara aplicación, al tiempo de enriquecer a la provincia y a todos los municipios con las mas claras, modernas y sencillas leyes del sistema de tránsito nacional e internacional, por cuanto son las unificadas en todo el país y el MERCOSUR.
Asentados en este sistema los municipios recuperan también su competencia en las rutas nacionales y provinciales que atraviesan su territorio, al tiempo de incorporarse a modernos sistemas de coordinación y acceso a base de datos unificados en beneficio de todo su accionar, tanto para la aplicación de la ley como para asegurar la expedición de Registros de Conductor exclusiva y excluyentemente por el municipio donde se domicilia el conductor, y los Antecedentes de Contravenciones de Tránsito.