Martes 20 de julio de 2004
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Política
En la página digital del senado pueden consultarse datos de Ascua, Rizzo y Pañeda
El senado provincial difundió un comunicado donde se detalla que "dando cumplimiento efectivo de lo establecido en el artículo 19º Inciso a) y b) del reformado Reglamento de Honorable Cámara de Senadores, la Comisión de Asuntos Constitucional...

E

l primero ha sido propuesto por el Poder Ejecutivo de la Provincia para ser nombrado Presidente del Consejo General de Educación, mientras que las letradas para cubrir vacantes en el Superior Tribunal de Justicia.

Las autoridades de la Comisión hacen saber al Pueblo entrerriano que de los antecedentes curriculares remitidos, han sido publicados los más destacados, quedando la totalidad de lo receptados a disposición de los interesados en la Secretaria de Cámara del Honorable Senado.

Las manifestaciones por escrito que la ciudadanía desee realizar deberán presentarse de lunes a viernes en el horario de 9 a 13 horas por Mesa de Entradas de la Honorable Cámara de Senadores.

Los pasos a seguir

Si bien han sido difundidos en varias oportunidades, cabe recordar –por lo novedoso del mecanismo- los pasos a seguir en el tratamiento de estos pedidos de acuerdo que tomaron estado parlamentario en las últimas semanas.

a) Publicidad: La Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos publicará, dentro de los treinta (30) días hábiles de recibido el mismo (lo que sucedió en la fecha), los datos filiatorios y antecedentes curriculares del candidato propuesto. La publicación se efectuará en el Boletín Oficial, en dos diarios de mayor circulación en la provincia por dos veces, y en la página web de la Cámara.

b) Consulta Ciudadana: Los ciudadanos y organizaciones en general, podrán ejercer el derecho a manifestarse fundadamente y por escrito respecto de las calidades y méritos del candidato propuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la segunda publicación y ante la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos.

c) Informes: Dentro del plazo indicado en el punto a), el Presidente de la Comisión de Acuerdos requerirá a los organismos Públicos y/o privados, informe atinente a la situación del candidato y en referencia al cargo a cubrir.

d) Audiencia Pública: cumplimentadas que sean las etapas procesales anteriores, el Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, fijará lugar, fecha y hora para la realización de la Audiencia Pública, la que deberá llevarse a cabo en la localidad en la que exista la vacante a cubrir y, a la que será convocado el candidato propuesto; quien será consultado por el mencionado Presidente, y con posterioridad, por el resto de los Senadores que así lo consideren.

Dicha audiencia se convocará con una antelación no menor a dos días al de su realización y deberá publicarse en la página web de la Cámara y en un diario de circulación provincial.

La Audiencia Pública tendrá por objeto conocer del candidato: su motivación para el cargo, la forma en la que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vista sobre temas básicos de la materia correspondiente al cargo a cubrir; sus planes de trabajo; las medidas que propone para que su función sea eficiente, sus valores éticos; su vocación democrática y por los derechos humanos; su situación patrimonial y fiscal; sobre lo que consideren relacionado a las manifestaciones efectuadas por escrito por los ciudadanos u organizaciones en general, referidas en el punto b); y sobre todo aquello que considere pertinente para un mejor conocimiento de las cualidades para el cargo, del candidato propuesto.-

e) Confección de Dictamen: Realizada la Audiencia Pública, la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos realizará un dictamen fundado, aconsejando la aprobación o rechazo del acuerdo solicitado por el Poder Ejecutivo.

f) Sesión Pública: El pedido de acuerdo será tratado y resuelto en Sesión Pública, en la cual deberá ser oído el dictamen referido. Dicha Sesión Pública deberá fijarse con una antelación no menor a dos (2) días y publicarse en la página web de la Cámara y en un diario de circulación provincial-

Si no existiere acuerdo dentro de los seis meses de presentado el pedido, las actuaciones se archivarán.

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