T
ras la firma del decreto reglamentario, que efectuó el gobernador Jorge Busti, el organismo recaudador está en condiciones de instrumentar este plan especial de regularización de deudas y facilidades de pago, que también contempla beneficios para el buen contribuyente.Básicamente, el plan prevé una refinanciación de hasta 36 meses de las deudas de todos los impuestos que administra la DGR –Inmobiliario Urbano y Rural, Automotor, Sellos y Profesiones Liberales– y de hasta 48 meses en el caso de vivienda única y familiar, con una tasa de interés de 0,5% mensual.
La moratoria incluye los impuestos vencidos al 31 de enero de 2004. Quienes se acojan deberán tener abonados los tributos vencidos de esa fecha en adelante, con excepción del impuesto inmobiliario por vivienda familiar única cuyos tributos vencidos hasta el 30 de junio de 2004 también pueden incluirse.
Lo que el gobierno denominó premio al buen pagador, consistirá en condonar la última cuota de 2004 a quienes tengan pagos los impuestos Inmobiliario Urbano y Automotor al 31 de diciembre de 2003. En caso de que hayan abonado en forma anual, serán eximidos de la primera cuota de 2005.
El titular de la DGR, Aurelio Miraglio, destacó que la moratoria implica la condonación de la totalidad de las multas y de los intereses generados a la fecha de vencimiento. Es decir que sólo se incluirá el monto del capital, que se podrá pagar al contado a valores históricos, o en los plazos mencionados.
Tras la resolución interna que dicte la Dirección, en los próximos días entrará en vigencia el régimen, cuyo plazo de acogimiento se extenderá estimativamente hasta el 16 de setiembre. Miraglio indicó que antes del inicio del plan se convocará a los contribuyentes para que corrijan ciertas informaciones de la base de datos, como el domicilio y la titularidad de los bienes.
Por otra parte recalcó que todas las personas que estén bajo el procedimiento de apremio fiscal también pueden acogerse a la moratoria. En tanto, se condonará el 100% de los gastos generados a favor de los procurados –honorarios y tasa de justicia– a los propietarios de vivienda única y familiar que se encuentren en juicios promovidos en el marco del contrato de fideicomiso con el Bersa.
Fuente: UNO