E
n este sentido el fallo del magistrado hace lugar al pedido de la defensa de González considerando que no se constituyó delito porque la injuria consiste en deshonrar a otro que debe estar especialmente individualizado, ya que se trata del honor de una persona, que es el bien jurídico que protege la ley penal.Según la información aparecida en APF, el abogado defensor de González, Marciano Martínez, los calificativos que en su momento efectuó el ex funcionario contra los manifestantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) a través de LT14 fueron de “lacra para toda la sociedad”. De esta forma agregó que “los huelguistas consideraron estas palabras injuriosas y promovieron la querella a través de su representante, Marcelo Baridón”.
A este respecto la defensa encarada por Martínez solicitó la “excepción de falta de acción”, cosa que fue compartida por el Juez actuante quien sobreseyó al ex Director de Rentas debido a que -según indica el fallo de Malatesta-, “tanto la doctrina como la jurisprudencia han sido coincidentes en señalar que la injuria requiere siempre de un sujeto pasivo preciso o de inevitable individualización”.
De esta manera se considera que en el caso puntual de González “los sujetos pasivos aparecen indeterminados o irreconocibles, puesto que el querellado se refiere en forma general a los trabajadores y dirigentes gremiales de la Dirección de Rentas de la Provincia, faltando en ello un ingrediente sin el cual no puede tipificarse la conducta de González” sostiene.