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ice que fue determinante “la aprobación de la Ley en Cámara de Diputados, por la cual se restringen beneficios y salidas transitorias a los internos condenados por delitos aberrantes. Al estar dicha norma directamente asociada con el hecho que potencialmente se atribuye Lencina, actuó como un factor detonante que involucra a muchos condenados que perderían el beneficio a futuro, culpa del mencionado delincuente”.“No era demasiado descabellado pensar entonces que el imputado, una vez de vuelta a la cárcel iba a ser ‘una boleta (muerto) caminando’ por cargar sobre sus espaldas además (en caso de comprobarse) con una posible tercer violación con final incierto, según todo lo indica, lo que en los códigos carcelarios se paga muy caro”.
“Lencina estaba condenado a ser mujer de los ‘pata de plomo’ por el resto de su vida en la cárcel” o a “ser violado constantemente por los demás presos, cosa que cualquier policía avezado debería saber”. Se entiende que todos aquellos condenados que esperan la hora de sus salidas socio laborales o socio familiares, culparían a Lencina de haber perdido ese beneficio y se lo harían pagar por el resto de sus días en la cárcel.
“No resistió y terminó suicidándose. Esto podría haberse evitado evaluando correctamente la situación y siguiendo la investigación bajo estos términos”. Y agregó que “en estas circunstancias, lo que correspondía hubiera sido mantener guardias a la vista (celadores) durante las 24 horas, porque el detenido se convertía en un potencial suicida. Y lo más importante es que sin Lencina peligraba el futuro de la investigación, por tratarse del único sospechoso firme que tenía la causa junto a su esposa, a la que también habrá que vigilar cuidadosamente a partir de ahora”.
“No entiendo como no se aprovechó esta circunstancia para indagar al detenido en un momento clave, donde es frecuente que se quiebren al verse acorralados. Ese era el cuadro de situación”.
Brasesco agregó además que “tal vez mediando una alternativa negociadora, como la de acordar la elección de la Unidad Penal o el traslado a otra jurisdicción, se hubiese logrado que el imputado declare”.
Brassesco, finalizó diciendo que “se debió priorizar la aparición de Fernanda Aguirre, para lo cual es válido tener en cuenta las mencionadas alternativas, dejando en claro que lo correspondiente a su responsabilidad penal debe ser tomado con total rigurosidad en cuanto a la condena que le cupiera”.