Lunes 30 de agosto de 2004
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Política
También la muerte de Lencina aceleraría una resolución de la Corte Suprema de Justicia
El gobierno bonaerense deberá dar una respuesta clara y concreta al problema del hacinamiento y de las inhumanas e ilegales condiciones de alojamiento de detenidos en los calabozos de las comisarías provinciales...

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or Fernando Rodríguez
De la Redacción de LA NACION

Y no tendrá que hacerlo por el explícito pedido de Juan Carlos Blumberg, que incluyó el tema en el petitorio que le entregó tras la marcha del jueves pasado, sino si prospera un recurso de hábeas corpus colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), cuya validez deberá resolver la Corte Suprema, y por la cual ya opinó favorablemente la Procuración General de la Nación.

Se espera que la decisión del máximo tribunal del país se conozca antes de fin de año, estimaron fuentes judiciales. Quizá llegue al mismo tiempo en que el Estado argentino deba responder ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas si ha avanzado en soluciones reclamadas desde organismos internacionales en cuanto al hacinamiento, la violencia y las condiciones de vida degradantes que padecen los internos de los centros de detención del país.

El comité ya envió a la Argentina un pliego de preguntas en el que pide mayores precisiones sobre la situación de cárceles y comisarías; entre otras, indicar cuál es la cifra de denuncias por malos tratos y qué se hizo para condenarlas.

Además, solicitó certezas sobre el plazo máximo de la prisión preventiva y sobre qué se ha hecho desde el Estado para reducir el gran número de personas en esa situación. Ese, por caso, es el estatus de casi la totalidad de los detenidos en comisarías, que a fines de 2003 sumaban 4979, cuando el cupo de alojamiento declarado oficialmente por la provincia en las celdas de sus seccionales es de 3266. Es decir, un faltante de 1713 lugares, una superpoblación que supera el 50%.

El tema está candente. Antes que se conociera el reclamo de Blumberg, las fuerzas vivas y más de 75.000 vecinos de San Isidro -partido asolado en los últimos tiempos por resonantes hechos de inseguridad- habían rubricado un petitorio en el que, entre otros temas, exigen al gobernador Felipe Solá que cumpla con la tan anunciada como demorada construcción de una alcaidía distrital, con el objeto de alojar allí a los detenidos preventivamente, para vaciar así las celdas de las comisarías y utilizar en tareas de prevención en las calles a los policías que hoy están, necesariamente, abocados al cuidado de presos.

Semana tras semana se repiten noticias sobre fugas o revueltas en seccionales policiales; incluso, sobre muertes en comisarías, como la de Miguel Lencina, que apareció ahorcado en una celda de Paraná, Entre Ríos, en la que estaba detenido por su presunta participación en el rapto de la menor Fernanda Aguirre.

La preocupación internacional sobre los detenidos en reclusorios argentinos excede la situación bonaerense. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos reclamó al Estado y al gobierno de Mendoza que cada 15 días informaran sobre las medidas de cuidados de la integridad física de los internos en penales de esa provincia, como consecuencia de la muerte de 12 de ellos en lo que va del año.

Otras organizaciones de defensa de los derechos humanos (la Comisión Internacional de Juristas, Human Right Watch y la Organización Mundial contra la Tortura se presentaron la semana pasada como amici curiae (amigos del tribunal), en apoyo a la demanda del CELS ante la Corte.

La demanda

El abogado Rodrigo Borda, del programa Violencia Institucional y Seguridad Ciudadana del CELS, explicó a LA NACION que la batalla judicial con la provincia por la situación de los detenidos en comisarías comenzó hace tres años. En noviembre de 2001 presentó un hábeas corpus colectivo -cuando había 6113 presos en seccionales- ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense.

Consideró también que "la privación de la libertad en comisarías es contraria a las normas vigentes" y que los detenidos en ellas, "en su totalidad bajo proceso, es decir, amparados aún por la presunción de inocencia, padecen hacinamiento, violencia y condiciones de vida degradantes".

Ante semejante panorama, le solicitó al tribunal que, en razón de la importancia y de la gravedad institucional de la cuestión, "se pronunciara expresamente acerca de la constitucionalidad del encierro de personas en tales condiciones, que se repare la situación y que se determinen mecanismos para evitar la reiteración del problema en el futuro".

La Sala III de Casación rechazó el planteo: cuestionó el carácter colectivo de la presentación. No negó el problema de las inhumanas condiciones de detención, sino que se declaró incompetente para resolver la cuestión, con el argumento de que quienes debían hallar remedio a tan grave situación eran los "respectivos órganos jurisdiccionales", es decir, cada uno de las decenas de jueces de garantías que habían dictado cada una de las prisiones preventivas.

En otras palabras: en lugar de una sola demanda, debían presentarse 6113 hábeas corpus y obtener otras tantas resoluciones. "Presentar acciones individuales puede, en cada caso, incluso empeorar la situación de los demás afectados. La orden judicial de traslado de una unidad de detención a otra puede aliviar la situación de la primera para agravar la de la segunda. Se trata de problemas típicos de la distribución de recursos escasos, que la actuación judicial a través de casos individuales no hace más que complicar", explicó Borda.

La Suprema Corte provincial, por mayoría, rechazó el recurso por inadmisible, por lo que el CELS recurrió ante la Corte Suprema nacional.

Paso previo al fallo del máximo tribunal, se expidió la Procuración General de la Nación, que avaló en un todo los argumentos que habían sido rechazados por la justicia bonaerense: sostuvo que tanto la Constitución Nacional -y los pactos internacionales incorporados a ella- como la bonaerense prohibían todo trato degradante a los presos y obligaban al Estado a garantizarles dignas condiciones de detención; que la Carta Magna prevé la acción colectiva para la salvaguarda de los derechos de un grupo de personas en la misma situación, y que el CELS estaba legitimado para actuar en representación de todos los presos de comisarías provinciales.

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