L
os agentes habían solicitado el pago de diferencias salariales existentes entre lo que actualmente se les abona y lo que les hubiere correspondido de conformidad a la escala salarial dispuesta por los artículos 2, 3 y 4 de la ley provincial N° 8.196 y Nacional 20.320.La titular de la Fiscalía señaló que “esta sentencia no está firme, todavía hay muchos meses por delante y puntualmente, con respecto a este fallo, el Estado provincial presentará ante el Superior Tribunal el correspondiente Recurso Extraordinario Federal.
Ante esta circunstancia, el alto cuerpo, podrá denegarlo o concederlo, pero existen razones de hecho y de derecho que me hacen pensar que esta sentencia que hoy se conoció por los medios periodísticos pueda ser revisada por la Corte Suprema. Hoy, la sentencia no está firme”, sentenció Mizawak.
Es importante destacar, que el fallo del STJ fue con voto dividido, la minoría compartía lo sostenido por la Fiscalía de Estado y en consecuencia se pronunció por el rechazo de la demanda.
Del mismo modo opinó el fiscal del Superior Tribunal, quien también entendió que el reclamo salarial de los actores no podía prosperar.