Domingo 14 de noviembre de 2004
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Política
Fuerte reacción del municipio paranaense ante declaraciones del centro de almaceneros
A raíz de las expresiones de algunos de los representantes del Centro de Almaceneros, en donde manifiestan que “el Municipio nos da la espalda” y ...”La Municipalidad no toma la decisión de accionar mas directamente, no darles la...

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extual del comunicado enviado a Informe Digital:

Llama poderosamente la atención tales declaraciones, en cuanto El DEM y el HCD han mantenido reuniones con integrantes de la Mesa de Conducción del Centro de Almaceneros donde se le ha explicado minuciosamente las acciones llevadas adelante en cumplimiento de la legislación vigente, principalmente que los comercios en cuestión han cumplido con todas las disposiciones vigentes (Ordenanza 7382) en lo que respecta a la órbita Municipal.

En lo atinente a, entre otros asuntos, afirmados por los representantes del Centro de Almaceneros:

a) si están.. “enganchados de la luz”.. el reclamo es competencia de EDEERSA;

b) si no tienen empleados en blanco, la fiscalización en primera instancia es competencia de la Dirección de Trabajo provincial y

c) en los casos de convenio multilateral (Ingresos Brutos) y sobre la permanencia legal en el país corresponde distintos ámbitos de la Nación.

La Municipalidad ha mantenido reuniones en la órbita de la Subsecretaría de Comercio de la provincia los días 05 y 11 del corriente mes con presencia de representantes de organismos provinciales y nacionales relacionados con el funcionamiento y contralor de estos comercios. La Subsecretaría de Comercio provincial realizó un estudio comparativo de precios entre grandes bocas de expendios, almacenes y los establecimientos en cuestión no habiendo encontrado diferencias significativas.

Siempre, desde la Municipalidad hemos sostenido acciones en permanente defensa de la producción y generación de mano de obra local desde el otorgamiento de créditos a microemprendores, acompañamiento a ferias y exposiciones hasta el trabajo en conjunto con las pymes locales para generar la nueva ordenanza de promoción industrial en la ciudad cuyo proyecto ya está en el HCD.

Es de destacar que las normativas se deben aplicar a todas las situaciones en igualdad de condiciones, sin renegar de nuestra característica de hijos de inmigrantes y aplicando en todos sus preceptos nuestra Constitución Nacional, remarcando especialmente en este caso el art. 20:” Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión....”.

En otro orden, y en el reverso de la página que mencionamos, bajo el titulo “OTRA TASA POR ALUMBRADO PUBLICO” se da cuenta de la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante, en relación con lo que antes se denominaba en el Código Tributario ““Tributo por inspección periódica de instalaciones o verificación eléctrica y colocación e inspección de medidores y reposición de lámparas de las redes de alumbrado público”. Existe una flagrante contradicción con lo informado en nota de tapa, en referencia al mismo tema, pues en rigor de verdad no es la creación de “una nueva tasa” como se expresa, sino una redefinición del hecho imponible e incluso, con una reducción de la alícuota que antes existía (del 21% baja al 20%).

De esta manera, se armoniza la percepción al destino real de la aplicación del tributo, que ha sido desde siempre, el costo del alumbrado en los espacios públicos y las calles de la Ciudad, asi como las nuevas obras que en ellos se ejecutan. Por su parte la percepción que se realiza a través de la Tasa General Inmobiliaria, será destinada a la reposición de luminarias. En cuanto al agente de percepción, continuará siendo como hasta el presente, EDEERSA o quien la sustituya en el futuro. Queda claro entonces, que de ninguna manera se ha establecido una nueva tasa que signifique mayor costo, sino que se ha redefinido el hecho imponible, y que por el contrario se verificará un beneficio para el usuario, ya que se produjo una baja en la tasa DEL 21% al 20%. Lo que se nos ocurre sugerir si de costos hablamos y de la posibilidad de reducir los mismos, que nos preguntemos por que razón en Contrato de Concesión de la distribución de Energía en la Provincia de Entre Ríos, aprobado por Decreto 157/96 en su artículo 34 establece a favor de la Empresa Concesionaria una exención de impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes municipales que incidan sobre el cumplimiento del contrato, comprendiendo bienes, actos, obras, usos u ocupación de espacios, actividades, servicios, ingresos, tarifas y/o precios de la distribuidora. Esta rémora del neoliberalismo que azotó durante diez años la argentina, es la que en definitiva ha hecho que los impuestos y tasas que “no paga” la Empresa, sean volcados a los magros bolsillos de los usuarios. Sabido es que los que el Municipio recauda, luego de debitados los consumos, vuelve en obras. En cambio los impuestos y tasas que las Empresas tienen garantizado no pagar, rara vez quedan en nuestro suelo. Tal vez sea hora de tornar la mirada hacia ese lugar de privilegio.

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