Miércoles 07 de diciembre de 2005
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Paraná
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Ordenanza: el acceso a la información en la Municipalidad de Paraná no se cumple
El 7 de diciembre de 2001 fue promulgada la ordenanza 8.323, por la que se debiera haber instrumentado en el lapso de 180 días —a partir de esa fecha— el Sistema de Información Ciudadana en el ámbito de la Municipalidad de Paraná.

S

i bien el tema ya ha sido abordado desde este espacio, vale recordar un nuevo aniversario de la creación de la norma, considerada un primer paso en materia de legislación tendiente a garantizar el acceso fácil y libre de los vecinos a la información pública generada por el Ejecutivo y el Concejo Deliberante. Pero el problema es que nunca se instrumentó. Ya en agosto de 2002 la demora ameritó la presentación de un pedido de informes al Gobierno de Sergio Varisco de parte de concejales del bloque Intransigencia para el Cambio —ex aliancistas y uno de ellos, Guillermo Mondejar, autor del proyecto— y hubo reclamos de distintos sectores; sin que nada de eso desprendiera una decisión oficial.

Pasó el tiempo y los gobiernos, y la situación sigue siendo la misma: la ordenanza continúa sin aplicarse y tampoco se han escuchado intenciones de implementarla ni ensayado explicaciones sobre los porqué no se cumple. En busca de una repuesta, en la última sesión del Concejo ingresó otro pedido de informes al Gobierno de Julio Solanas.

Mientras, ese cúmulo de disposiciones convertidas en ley aparecen —ante una nueva lectura—, atinadas, razonables y tan o más necesarias que hace cuatro años.

¿De qué se trata? La norma prevé la publicación de un listado de datos que deberían estar a disposición de los paranaenses, mediante terminales de computación dispuestas en puntos estratégicos de la ciudad y también vía Internet. Así, cualquier vecino debería poder encontrar fácilmente información, que actualmente cuesta esfuerzo conseguir.

Por ejemplo, en la red debería difundirse el movimiento financiero de la Comuna, como el presupuesto vigente y el ejecutado actualizado mes a mes (justamente este último dato es motivo de queja de ediles de la oposición, pues aseguran que no pueden obtenerlos desde mitad de año).

Además, con sólo presionar unas teclas, se tendría que ingresar a listados de funcionarios políticos —con indicación de cargos y lugar de trabajo—, agentes de planta permanente —con categoría y sector de tareas— y la nómina de personal transitorio y contratado y sitio donde cumplen su tarea. También, rápidamente se debería poder saber cuánto cobran los funcionarios políticos, los de carrera y empleados en general.

Otra exigencia prevista en la legislación consiste en la incorporación a la base de datos de la declaración patrimonial de los funcionarios (políticos y de carrera), como así también la declaración de intereses (es decir, las empresas, instituciones o actividades con las que estuvieron relacionados en los últimos cinco años). Aparte, la Comuna está obligada por la ordenanza a brindar información de los gastos en información, publicidad y medios. O sea, tendría que estar al alcance de todos, el listado de destinatarios de la publicidad oficial y el cuadro de gastos mensuales, un dato que suele resguardarse y que ha generado presentaciones a nivel provincial.

Un aspecto espinoso y que siempre genera suspicacias es el manejo de la ayuda social. Al respecto, la norma fija la exigencia de difundir el listado de programas sociales, responsable y oficina desde donde se los administra, destinatarios y requisitos para su acceso. Una modalidad similar se prevé para otro capítulo polémico: los subsidios. En este caso, se insta a la publicación de los planes existentes con indicación de los montos y la nómina de las personas, instituciones o empresas que lo reciben.

También debe facilitarse el acceso de decretos del Ejecutivo Municipal, vetos, ordenanzas vigentes, proyectos presentados por concejales, resoluciones del cuerpo, pedidos de informes y su contestación, el registro de propiedades y vehículos municipales, el listado de obras públicas con localización y presupuesto, entre otros datos que contempla la norma y que resultaría extenso enumerar aquí.

La necesidad de que los estados faciliten el acceso a la información viene siendo un pedido cada vez más fuerte en distintas provincias, principalmente de parte de los sectores de la prensa. Es que la información es un elemento esencial para la participación ciudadana y ésta es un pilar del sistema democrático. Pero, por sobre todas las cosas, el acceso a la información es un derecho, postergado como tantos otros, que habrá que ejercer. (El Diario)

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