Miércoles 16 de febrero de 2005
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Economía
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El Gobierno entrerriano pidió que la Nación actúe en caso de falta de gasoil
Ante el inminente comienzo de la etapa de cosecha de la campaña de granos gruesos en la provincia de Entre Ríos, y con el fin de asegurar el normal abastecimiento de gasoil a los productores entrerrianos, días atrás el secretario de la Producción,...

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n dicho encuentro, el responsable de la cartera de la producción entrerriana solicitó a las autoridades nacionales se apliquen las medidas establecidas en las normativas existentes a fin de contrarrestar esa probable situación. Welschen explicó que “preocupa al Gobierno provincial que el normal trabajo de nuestros productores se vea afectado por la falta de provisión de un insumo básico para su actividad, como lo es el gasoil. Por tal motivo, el gobernador Jorge Busti ha planteado también esta situación ante las autoridades nacionales competentes solicitando a las mismas que, de suscitarse una falta de combustible en el mercado, se prevea la aplicación de las reglamentaciones en vigencia”. SOLICITUD. “Por otra parte solicitamos a todos quienes componen la cadena de producción provincial, asociaciones de productores, cooperativas, asesores, contratistas rurales y a los propios productores que ante la probable situación de verse imposibilitados del normal abastecimiento de gasoil, se informe en forma inmediata de tal circunstancia vía fax, nota o correo electrónico a la Secretaría de la Producción, Casa de Gobierno, 1er. Piso Of. “74”, (3100) Paraná; 0343-4208433; e-mail: secretariaproduccion @entrerios.gov.ar, los datos de las estaciones de servicio o distribuidores de combustibles que no realicen ventas a fin de tener un panorama preciso de la falta de provisión de gasoil en nuestra provincia y requerir la aplicación de las medidas correctivas a las autoridades competentes”, agregó el funcionario. Cabe señalar que con fecha 23 de diciembre de 2004 la Secretaría de Energía de la Nación sancionó la Resolución 1679 que establece en su artículo 3° que “quienes deseen exportar petróleo crudo deberán demostrar, previamente a su habilitación, que la demanda de todas las refinerías habilitadas para operar en el país está debidamente satisfecha o que se le ha otorgado a las refinerías locales la posibilidad de adquirir el petróleo crudo. Asimismo, el artículo 5° de tal normativa dispone que “las firmas refinadoras, tanto primarias como secundarias, interesadas en exportar gas oil deberán demostrar, previamente a su habilitación, que la demanda de toda la cadena comercial, tanto minorista como mayorista, identificada con una bandera o refinería a no, está debidamente satisfecha o que se le ha otorgado a la demanda interna la posibilidad de adquirir gasoil”.
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