E
n una resolución la Corte Suprema decidió hacer lugar a la queja y dejar sin efecto la sentencia del tribunal de Concepción del Uruguay que en mayo de 2003 absolvió a los seis imputados Pedro Scelzi, Julio Figueroa, Oscar Ventos, Juan Martínez (Villa), Martín Coronel y Alejandro Díaz por el crimen. En esa oportunidad lo resuelto generó gran consternación en la comunidad uruguayense y el repudio de los Schiavo, que realizaron severas acusaciones inmersos en el dolor y la desesperanza.A tres años del duro momento para la familia de la víctima, se confirmó lo anunciado días atrás y el máximo organismo de la Justicia de la Argentina ordenó que vuelvan las actuaciones al tribunal de origen y que se dicte un nuevo pronunciamiento. En su resolución hizo suyos los argumentos con los que el procurador sugirió que se tomara esta medida considerando que existían suficientes elementos para una condena.
Como lo predecían los abogados de la familia Schiavo, la vuelta atrás en una causa de tanta trascendencia pone en tela de juicio todo el accionar judicial.
Los letrados que intervinieron y el mismo fiscal de Cámara que no acusó en su oportunidad a los detenidos y fueron severamente cuestionados por el procurador en su dictamen de hace un año atrás no podrán formar parte de un eventual nuevo tribunal.
Respecto de los pasos a seguir, la causa regresa a su origen, es decir a la Cámara Penal que ya dictó sentencia, ya que la Instrucción está completa y a esto se suma lo actuado respecto de Marcela Álvarez en manos de la jueza de Instrucción Marta Cristina Bonifacino, quien ya elevó la causa para juicio.
De ocurrir esto, la misma Cámara debería ordenar la inmediata detención de los seis hombres imputados en el crimen ocurrido en junio de 1999 y volver a juicio junto a la actual detenida, siempre tomando intervención otros vocales y fiscal. (Uno)