L
a medida se fundamenta en la ordenanza 7717 –referida al Código Ambiental de Paraná, que en su artículo 6to. considera, como uno de los principios fundamentales, el fomento y cuidado de la salud humana y en su artículo 52, establece que la utilización de plaguicidas, de fertilizantes y toda otra sustancia tóxica, debe ser compatible con el equilibrio de ecosistemas.