A
nte las idas y vueltas en el conflicto por las papeleras, los directivos de Botnia, se reunieron el viernes no sólo para anunciar la no paralización de las obras y así dejar tranquilos a los obreros, quienes habían amenazado con tomar la planta si no se les garantizaba el pago de los jornales, sino también para considerar la posibilidad de retirarse de Uruguay.Según publicó el diario El País, de Uruguay, los directivos finlandeses estuvieron evaluando en las últimas horas, la posibilidad de retirarse de Uruguay. Es que en el planteo, la empresa aduce que la paralización de las obras le causará costos, que ellos no estarían dispuestos a afrontar. En otras palabras, como exigencia Botnia estaría solicitando que si suspenden las obras, alguien se deberá hacer cargos de esos costos.
Fue así, que la compañía informó oficialmente al Gobierno uruguayo que continuarán con la construcción de la planta, tal cual estaba proyectada. Ante este panorama, según el diario uruguayo, la empresa finlandesa llegó a plantear la posibilidad de retirarse del país. La razón de ello es, principalmente, que las condiciones de Argentina impedirían el funcionamiento de las dos plantas.
“Esa decisión puede variar en la medida en que se establezca, por ejemplo, que los Estados (uruguayo y argentino) se hagan cargo de los costos de la paralización”, dijo a El País, un funcionario del Gobierno uruguayo. Mientras se siguen evaluando los puntos del documento que ambos países deben firmar, el Presidente de Uruguay Tabaré Vázquez, reiteró que las plantas se levantarán en Fray Bentos, a modo de dar tranquilidad a la empresa, que habría amenazado con interponer acciones por daños.
Así las cosas, la empresa pretende que el Gobierno le comunique por escrito el pedido de paralización y así tomar una decisión: o suspender las obras o retirarse de Uruguay. Si es la segunda opción, según se informó, el Gobierno deberá pagar una abultada indemnización, tal cual lo establece el tratado homologado en el 2004, denominado Protección de Inversiones con Finlandia. El Tratado con Finlandia expresa: “Cada parte contratante, en su territorio, no impondrá medidas compulsivas sobre las inversiones realizadas por inversores de la otra parte contratante relativas a la compra de materiales, medios de producción, manejo, transporte, comercialización de sus productos o pedidos similares, que tengan efectos injustos o discriminatorios”.