E
l proyecto estipula que los aumentos se efectivizarán teniendo en
cuenta la
categoría 10 del escalafón, quedando de tal manera los siguiente
montos:
Categoría I, 56 sueldos básicos mensuales, pasarán a cobrar de $6640 a
$9296; la Categoría II, 28 sueldos básicos mensuales, elevaría el monto
de
$3320 a $4648; la Categoría III, 20 sueldos básicos mensuales, de $2324
a
$3320 y la Categoría IV, 11 sueldos básicos mensuales, de $1162 a
$1826.
En los fundamentos, Bahillo explica que “el aumento de los fondos de
coparticipación que remesa el Gobierno Nacional ha impactado
significativamente en los recursos del erario provincial, lo cual ha
generado en la actual Administración sabias decisiones de trasladar a
los
ciudadanos, empleados, gobiernos municipales, Juntas de Gobierno, etc.
la
mejoría financiera experimentada”.
Asimismo, admitió que “las Juntas de Gobierno atienden la problemática
de un
amplio sector de nuestra provincia, ya que alrededor del 30 % de la
población provincial vive en sus ejidos. Desde estas instituciones se
les
asiste con soluciones a sus problemas de caminos, transporte,
educación,
salud, etc”, y también “que los integrantes de las Juntas de Gobierno
realizan sus actividades “ AD Honorem” , es decir que asumen
responsabilidades y compromisos solamente por vocación d servicio sin
recibir ninguna retribución economica, lo cual es altamente
destacable”.
Finalmente, el legislador manifestó que “en el caso de las Juntas de
Gobierno puede deducirse que un aumento equivalente al 30 % de los
aportes
provenientes del Tesoro Provincial que actualmente se les gira, les
permitiría avanzar en esta etapa de desarrollo por la que incursionan,
para
ir progresivamente prosperando, al partir de la ventaja que le daría
contar
con mayores recursos para ejecutar sus distintos actos de gobierno a
fin de
satisfacer las necesidades locales”.
El proyecto, que se estima será aprobado por los legisladores,
transformará
el artículo 1º de la Ley Nº 9585, modificatorio del artículo 14º de la
ley
7555.