E
n una medida que sentará precedente en el plano judicial, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal le guitó la propiedad de un dominio de Internet a quien lo había registrado y se lo otorgó al dueño de la marca comercial. El beneficiario es una empresa dedicada a la fabricacón de muebles para oficina, con sede en San Justo, provincia de Buenos Aires.El dominio en cuestión es www.tempo.com.ar. La marca "Tempo" está registrado comercialmente por la empresa Industrias Solano S.A., pero una persona lo inscribió a su nombre como página de Internet en NIC Argentina, el organismo oficial de la Cancillería que otorga los dominios en el país.
Los jueces Martín Farrell, Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta entendieron que no se podía mantener la titularidad del dominio de quien lo registró en Internet, cuando la empresa lo había anotado con otros fines comerciales. "Implica la negación al titular marcario de toda posibilidad de empleo de su signo como nombre de dominio en Internet, lo cual no puede ser admitido", argumentaron.
"Con relación a la prioridad absoluta de quien primero solicita el registro del nombre de dominio, cabe resaltar que el Código Civil prevé la nulidad no sólo de los actos jurídicos prohibidos por la ley, sino de aquellos que son contrarios a las buenas costumbres o que perjudiquen derechos de terceros (...) la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos", recordaron los jueces en su fallo.
Es más, los camaristas afirmaron que el registro de un dominio en Internet, en algunos casos como el juzgado en esta ocasión, "no otorga ningún derecho irrevocable". Y lo explicaron de esta manera: "El hecho de que NIC-Argentina registre un nombre de dominio a favor de un registrante no implica que asuma responsabilidad alguna respecto de la legalidad de ese registro ni del uso del nombre de dominio por el registrante, y en virtud de ello, no le corresponde a NIC-Argentina evaluar si el registro o el uso del nombre de dominio puede violar derechos de terceros". (Fuente: DyN)