Miércoles 26 de febrero de 2014
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Política
La Corte anuló denuncia contra Cablevisión
El Máximo Tribunal consideró que el juez federal de Mendoza se extralimitó en su competencia y ordenó el archivo del proceso. Se trata de un amparo iniciado por Vila-Manzano en donde denunciaron a Cablevisión por prácticas anticompetitivas
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El máximo tribunal archivó la causa.
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a Corte Suprema de Justicia anuló una causa en la que el juez federal de Mendoza Walter Bento había dispuesto la intervención de Cablevisión ante una denuncia por práctica anticompetitiva. El máximo tribunal, discrepando de un dictamen de la procuradora Alejandra Gils Carbó, determinó que el juez mendocino se había extralimitado, dejó sin efecto todas sus decisiones y ordenó archivar el proceso, según informó el Centro de Información Judicial (CIJ). Se trata de una causa iniciada por la empresa Supercanal, propiedad del Grupo Vila-Manzano, contra Cablevisión por prácticas anticompetitivas y en donde el magistrado había ordenado, entre otras medidas, la designación de un interventor coadministrador en Cablevisión y su separación de Multicanal. En un durísimo fallo, la Corte –con la firma de seis jueces, ya que Raúl Zaffaroni no figuró por estar de viaje- sostuvo que el juez mendocino "ha realizado una creación ex nihilo del título para fundar su competencia e irrumpir en la ajena", es decir que inició una causa dónde no había razón para que interviniera la Justicia. Según el fallo, Bento desconoció que "el Poder Judicial, por su naturaleza, no puede ser jamás el poder invasor, el poder peligroso, que comprometa la subsistencia de las leyes y la verdad de las garantías que tiene por misión hacer efectivas y amparar". En ese marco, y ante la "ostensible" ausencia de jurisdicción, el Máximo Tribunal señaló que corresponde disponer la nulidad de todo lo actuado en ese expediente y ordenó al Juzgado Federal de Mendoza que proceda a su archivo, según detalla el CIJ El Grupo Vila-Manzano había pedido que se ordene el cese de conductas anticompetitivas y que se disponga la división de Cablevisión mediante la segregación de los activos y pasivos, y de los negocios correspondientes a Multicanal. La Corte fue llamada a intervenir por una cuestión de "competencia", pues si bien la supuesta práctica monopólica fue denunciada en la región de Cuyo, donde Cablevisión no opera, el juez dispuso la intervención de la compañía del Grupo Clarín en la Capital Federal y, de hecho, ordenó un procedimiento a cargo de la Gendarmería Nacional, en el año 2011. Según la Corte, "la causa promovida por Supercanal SA ante la justicia federal mendocina demuestra que en dichas actuaciones se pretende, en definitiva, satisfacer un objeto que contiene al que se ventila ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, consistente en impugnar y privar de validez la desconcentración empresaria entre Cablevisión SA y Multicanal". "Esa objetable duplicación de actuaciones judiciales con objetos procesales superpuestos tiene su razón de ser en que Supercanal S.A. ha promovido una reclamación invocando una legitimación que no hace pie en las normas legales invocadas, pues dentro del especial sistema de litigación diseñado por el ordenamiento que rige en la materia, ninguna de sus cláusulas autoriza a un tercero –como lo es Supercanal- para peticionar directamente ante el Poder Judicial que Cablevisión S.A. sea disuelta, liquidada, desconcentrada o dividida", agrega el fallo. La Corte sostiene que únicamente la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia es la autoridad que tiene la potestad para hacer ante el Poder Judicial una solicitud como la realizada por Supercanal. Esa maniobra, indica la Corte, "desarticula desde su base todo el mecanismo de control judicial diseñado por el Congreso de la Nación en materia de defensa de la competencia, deformación que no puede ser aceptada y que sostiene la conclusión de que la demanda es irremediablemente improponible". La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó se había pronunciado a favor de la intervención del juez Bento, pero la Corte refutó también sus argumentos.
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