Lunes 07 de septiembre de 2015
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Política
Abogados en alerta por proyecto que modifica competencia en las acciones de amparo
Los abogados paranaenses cuestionaron el proyecto del Ejecutivo que restituye al pleno del STJ la competencia en recursos de apelación y acciones de amparo. El texto aparece cuando un fallo de la Sala Penal favoreció a un gremio docente.
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Preocupación y alerta de los abogados de la sección Paraná del CAER.
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e la redacción de INFORME DIGITAL La semana pasada la Cámara de Senadores dio media sanción a un proyecto del Ejecutivo que restituye al pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ) la competencia en recursos de apelación y acciones de amparo. La modificación, que fue aprobada en la Cámara Alta ni bien bajó al recinto, tiene un trasfondo político vinculado al conflicto docente. La iniciativa espera la aprobación de la Cámara de Diputados, para su sanción definitiva. La seccional Paraná del Colegio de Abogados de Entre Ríos (Caer) emitió un comunicado donde expresa su preocupación y alerta por el proyecto. El texto del Ejecutivo deroga el artículo 11º de la ley 9.550, de Procedimientos Constitucionales, “recobrando vigencia las modificaciones dispuestas por los artículos 4º y 5º de la Ley 9.240 a los artículos 16º y 17º de la 8.369”. El cambio se da en medio del conflicto docente y tras el fallo que favoreció a la Asociación del Magisterio de Entre Ríos (Agmer). Semanas atrás la sala Penal del STJ desestimó la orden del juez penal de menores Pablo Barbirotto, quien había ordenado a los sindicatos docentes canalizar los reclamos sectoriales de recomposición salarial "sin interrupción del servicio educativo", es decir, sin paros. En la actualidad los amparos son resueltos por la Sala Penal y de Asuntos Constitucionales que integran Claudia Mizawak, Carlos Chiara Díaz y Daniel Carubia. Si el proyecto logra la aprobación de Diputados, serán los nueve vocales del STJ quienes decidirán sobre los amparos. En ese marco es que la seccional Paraná del Colegio de Abogados de Entre Ríos (Caer) emitió una solicitada en la que expresan preocupación por el "intempestivo y no publicitado proyecto". Para los abogados llama la atención el cambio que impulsa el Ejecutivo y "obedecería a otras motivaciones aún no explicitadas, pero concretamente conspiraría contra la realización del valor justicia, que es la finalidad primordial de esta acción". Solicitada completa de la Sección Paraná del CAER Frente al intempestivo y no publicitado proyecto de modificación de la Ley de Procedimientos Constitucionales, referido al cambio de competencia originaria o por apelación de las Acciones de Amparo, que trasladaría la decisión de las mismas de los tres miembros de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJER al pleno del Alto Cuerpo (de 9 miembros), la Sección Paraná del Colegio de Abogados de Entre Ríos expresa lo siguiente: 1.-En primer lugar llama poderosamente la atención con la rapidez, sigilo y secretismo con el que el Poder Ejecutivo Provincial ha tramitado ante la Cámara de Senadores de Entre Ríos la aludida modificación de competencia para la acción de amparo. A mayor abundamiento, cabe recordar que una de las notas esenciales del sistema republicano y del estado constitucional de derecho es la publicidad de los actos de gobierno, lo que en esta ocasión, como en otras tantas, se ha violentado inexcusablemente.- En momento alguno se ha iniciado-como hubiera correspondido y hubiese sido una positiva señal de salud republicana- una ronda de consultas a juristas ni al Colegio de Abogados, siendo que somos, sin lugar a dudas, quienes ejercitamos permanentemente estas acciones, en resguardo de derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos. 2.- La sencillez y el carácter expeditivo que sonpropios de esta Acción de Amparo debido a la importancia de los esenciales derechos en juego, se desnaturalizarían absolutamente al tener con la nueva ley que someter al arbitrio de nueve (9) jueces la decisión de los temas planteados.- Por caso, en un Amparo de Salud contra la Obra Social de la Provincia en un supuesto o situación terminal, podría verse frustrada la realización y restablecimiento de los derechos amenazados o directamente conculcados, debido al obvio e inevitable alargamiento que experimentarían los plazos de resolución, precisamente, por el incremento de jueces que intervendrían en el dictado de esa sentencia. 3.- Porque directamente esta inoportuna y destemplada modificación a la competencia en la resolución de los Amparos, acaso anidada en subalternas intencionalidades que desconocemos, pero imaginamos, atenta gravemente contra derechos fundamentales de las personas, que se inscriben dentro del amplio espectro de derechos humanos de primera, segunda y tercera generación, como por ejemplo y sólo por nombrar algunos, a la salud, al trabajo, al ambiente sano. 4.- Porque esta modificación -según sus anónimos escribas e inspiradores- a través de la derogación del Art. 11º de la Ley 9550 pretende volver a la antigua competencia instituida por la reforma efectuada en la gestión gubernamental del período 99/2003, a la que tanto criticaron, sin ahorrar adjetivos ni referencias a valores republicanos que hoy violentan groseramente.-En rigor, el cambio de competencia que se pretende obedecería a otras motivaciones aún no explicitadas, pero concretamente conspiraría contra la realización del valor justicia, que es la finalidad primordial de esta acción.- Además, podría darse el supuesto que se llegue tarde a una solución que debería ser extraordinariamente rápida y, en tal caso, los daños producidos serían literalmente irreparables. 5.- En lugar de mejorar la calidad del recurso, acelerar sus tiempos de tramitación y el restablecimiento urgente de derechos vulnerados o conculcados, implicaría todo lo contrario.- De allí que como auxiliares de la justicia y operadores cotidianos del derecho, en defensa y representación de intereses de los ciudadanos, no podemos ni debemos guardar silencio ni permanecer pasivos. Estrictas razones de compromiso con la ciudadanía toda y convicciones republicanas, nos constriñen a expresarnos públicamente sobre las pretendidas modificaciones, alertando a la población en su conjunto antes de que sea demasiado tarde.
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