Martes 03 de enero de 2023
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Política
Exigen al Municipio de Gualeguaychú renovar la aptitud ambiental del Ecoparque

El Superior Tribunal de Justicia dejó firme una sentencia que exige actualizar cada dos años la aptitud. El trámite venció en 2016. También se ordenaron medidas preventivas a fin de evitar derramar efluentes contaminantes.

ecoparque gchu

E

l Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) dejó firme una sentencia que le exigió al Municipio de Gualeguaychú cumplir con los requisitos impuestos por la Secretaría de Ambiente provincial a fin de renovar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) del basural “Ecoparque Gualeguaychú”, vencido en 2016 por omisiones municipales en el manejo de los residuos. A su vez, el fallo ordenó la concreción de medidas preventivas para evitar que líquidos contaminantes se derramen en el arroyo “El Cura”.

La resolución fue emitida el 31 de diciembre y firmada en mayoría por los jueces Miguel Ángel Giorgio, Leonardo Portela y Jorge Alberto Pirovani, quienes en ese orden decidieron respecto al recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Gualeguaychú en el marco del amparo ambiental incoado por los amparistas Darío y Julieta Carraza y Leonardo Chesini. quienes habían presentado la demanda el 31 de agosto pasado “por derecho propio y en representación del arroyo ‘El Cura’ como bien comunitario”.

Los amparistas Darío Carrazza, Julieta Carrazza y Leonardo Chesini.

Según se detalló en la sentencia, que rechazó la apelación del municipio y confirmó de ese modo el fallo de primera instancia, la pretensión de los demandantes consistió en “conminar a la regularización de la situación ambiental del Ecoparque Gualeguaychú”, a cargo de la Dirección de Ambiente Municipal de Gualeguaychú, el cual requiere, como sitio donde se gestiona la basura, del CAA otorgado por la Secretaría de Ambiente Provincial, cuya vigencia dura 2 años.

"La dilación por más de seis años no obedece a razones burocráticas por parte de la entidad provincial encargada del otorgamiento de la renovación -como lo alegara la accionada-, sino a incumplimientos carentes de justificación por parte de la Municipalidad de Gualeguaychú"

A su vez, se demandaba la “realización de obras o modificaciones necesarias para evitar que los lixiviados del depósito de basura, y/o aguas pluviales mezcladas con los mismos, corran hacia el Arroyo ‘El Cura’ durante las lluvias”.

En este caso, de acuerdo a las constancias del expediente administrativo abierto, dicho CAA se encontraba vencido desde 2016, aunque con solicitudes de renovación por parte de la Municipalidad que no habían podido avanzar debido a la carencia de información brindada respecto al tratamiento que se le estaba dando a la basura en el predio, que es el único Ecoparque habilitado a nivel provincial.


El amparo señalaba “contaminación” en el funcionamiento. Tiene “fines electoralistas”, dijeron desde el Municipio.

En este contexto, y refiriéndose a lo decidido el 13 de diciembre pasado por el juez de primera instancia, Mauricio Daniel Derudi, el fallo que lo confirma expresó: “Luego de analizar las constancias administrativas relevantes, consideró que la solicitud de renovación Certificado de Aptitud Ambiental (...) expone en grado de evidencia que la dilación por más de seis años no obedece a razones burocráticas por parte de la entidad provincial encargada del otorgamiento de la renovación -como lo alegara la accionada-, sino a incumplimientos carentes de justificación por parte de la Municipalidad de Gualeguaychú a las distintas y sucesivas requisitorias que le fueran efectuadas por la Secretaría de Ambiente Provincial, que fueran encaminadas a lograr se satisfagan las exigencias necesarias en materia ambiental para la renovación solicitada”.

En tal sentido, la resolución acreditó que la renovación por parte del Municipio había sido solicitada el 21 de junio de 2016, y que, ante diversos requerimientos de entrega de información por parte de la Secretaría vinculados a muestreos obligatorios sobre metales pesados; a un incendio ocurrido oportunamente en tal predio; y a cierta documentación relacionada al monitoreo de gases y líquido lixiviado de relleno sanitario, entre otros, el trámite quedó inconcluso.

El fallo del STJ adhiere a lo resuelto por Derudi y, en este marco, solicita que el Municipio cumpla “en forma urgente con las requisitorias cursadas por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos “(...) tanto las ya efectuadas como las que se realicen en lo sucesivo, de manera de lograr la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental del Ecoparque Gualeguaychú en un lapso no mayor a los 180 días”. 

Más información en nuestra sección Entre Ríos en los medios nacionalesEl Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos le ordenó al municipio de Gualeguaychú tomar medidas para proteger un curso de agua




 







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