Martes 20 de diciembre de 2011
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Política
Por orden de la Justicia podría cambiar el reparto de las bancas en el Concejo
El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2, ordenó a la Junta Electoral municipal hacer un nuevo cálculo en el Cuerpo legislativo de Gualeguaychú. Declaró la inconstitucionalidad de tres artículos. Satisfacción en el Socialismo.
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La Justicia dice que aun no está todo dicho en el HCD.
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E

l juez de primera instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, Marcelo Arnolfi, hizo lugar al amparo interpuesto por el partido socialista y Oscar Marchionda, candidato a concejal. La Justicia declaró la nulidad del acta de la Junta Electoral municipal del 24 de noviembre y le ordenó que en el término de cinco días de notificada, se reúna y practique un nuevo cálculo en el que se computen los votos de conformidad a lo establecido en el artículo 87 inciso 14 de la Constitución Provincial. Además, se deberán tomar las medidas correctivas que sean necesarias si ello arrojara un resultado diferente. Por otra parte, Arnolfi notificó su resolución a la Junta Electoral Provincial, a la municipal y al presidente del Concejo Deliberante, Carlos Caballier, “a fin de que tome razón de la existencia de este proceso y de la decisión que aquí se adopta y se la comunique a los concejales que conforman actualmente el Cuerpo Legislativo”. También remitió copia al agente Fiscal interviniente, Lisandro Beherán. Por otra parte, el magistrado rechazó el amparo presentado por el socialismo respecto de la Junta Nacional Electoral Distrito Entre Ríos “por no depender de la misma la atribución de los cargos en la ciudad de Gualeguaychú”. En el inciso D del punto 8, Arnolfi señala: “mientras la Constitución de Entre Ríos manda elegir los diputados mediante un escrutinio público: “…computando sólo los votos emitidos a favor de las listas oficializadas por el mismo tribunal”, el artículo 114, como se advierte de su mera lectura, agrega que en el escrutinio, para ejercer el derecho constitucional de representación, se computan también los votos ‘en blanco’”. Se agregan en la reglamentación del derecho de representación dos requisitos: “los candidatos deben obtener un porcentaje mínimo de votos para tener derecho de representación y se suman los votos en blanco”. La primera pregunta “que un ciudadano común podría realizarse es quién autorizó al legislador de 1934, o el que dispuso en el 2011 la ley de municipios, Nº 10.27, que podía introducir una suerte de resultado mínimo que debían reunir los partidos para tener representación o representar a quienes los votaran”, señaló el juez de Gualeguaychú. Interpretación “muy sabia” El abogado del partido Socialista, Néstor López, realizó la presentación en los tribunales locales, contando con la colaboración jurídica de Francisco de Armas y Enrique Simón. Quien manifestó que el 25 de noviembre de este año interpusieron una acción de amparo y un planteo de inconstitucionalidad respecto de dos artículos de la ley 2988 y un artículo de la ley 10027. “Consideramos que eran inconstitucionales porque contradicen textualmente a la constitución provincial que fue creada en el año 1933”, sostuvo. López, señaló además que el juez “considera muy sabiamente que el legislador del año 34 cuando se crea la ley 2988 se extralimita y coloca un piso y ordena contar los votos en blanco. En la Constitución Provincial de 1933 y en la del 2008, en ningún lado lo decía. Consideramos que era inconstitucional e impedía la entrada a Oscar Marchionda con lo cual de continuar sería un daño irreparable”. El abogado relató que el partido Socialista le dio mandato para que inicie esta acción “en la justicia ordinaria que es donde debe comenzar toda acción de amparo. Y hoy tenemos el fallo de Arnolfi que a la altura de las circunstancias –y que uno realmente requería- ordena y decreta la nulidad, la inconstitucionalidad de estas leyes. Esto es un gran cimbronazo”. - ¿Qué debe hacer ahora la Junta Electoral municipal? Cuando iniciamos la acción pedíamos que se ordenara el ingreso de Marchionda por los votos que sobraban. El juez considera muy sabiamente que él no es quién para poner o sacar un concejal. Entonces la Junta Electoral Municipal es el órgano correspondiente para fijar el sistema que le permita nombrar a un concejal. López consignó que el Fiscal Beherán se opuso a “la acción, considera que cuando una persona va a una elección conoce las reglas de manera pre determinante por lo que ya sabía a que atenerse. Arnolfi evalúa muy bien ese criterio y afirma que es muy difícil de que se planteara ante una medida por si eventualmente pudiera provocar un daño. Este se produce en el momento del escrutinio definitivo”. - ¿Cuál es el próximo paso a partir de la resolución de Arnolfi? Hay un día para apelar la medida, el fallo no está firme. De no apelarse allí quedaría firme. En ese caso deberá proceder la Junta Electoral Municipal a instrumentar un nuevo cálculo en el Concejo, y lo tiene que hacer en los próximos 5 días. Si se apela el expediente va al Superior Tribunal, allí deberemos defender a capa y espada esta sentencia que consideramos que es extraordinaria. “Defendemos las minorías” Marina Simón -ex candidata a intendenta- precisó que el magistrado “valientemente decidió poner el cascabel al gato y dictaminar lo que era obvio y sostener que dos artículos de la Ley son inconstitucionales. Dejó sin efecto el Acta que nombra a los concejales y ordenó que se vuelva a calcular de acuerdo al artículo 87 de la Constitución de 2008”. Simón agrego que “se debe reconocer que la sentencia es impecable, uno la lee y se da cuenta que Arnolfi se ha puesto a estudiar”. Por su parte, Marchionda aclaró que “el objetivo, más allá de defender nuestro lugar en el Concejo Deliberante, era defender las minorías. Nosotros con el Peronismo Federal tenemos el 17 % y sin embargo no entró ninguno de los dos concejales. Me parece que no hay un respeto hacia las minorías, se utiliza una ley que en su momento se hizo para privilegiar el bipartidismos y esto se vio”. Sostuvo que si se suma “todo lo que quedó del padrón, quedó afuera el 25 %. Uno de cada cuatro gualeguaychuenses no está representado en el Concejo. Por eso defendemos el respeto y el derecho a las minorías”.
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