D
e la redacción de INFORME DIGITAL El viceintendente de Chajarí Esteban Pezzini (Cambiemos) presentó su renuncia ante el Concejo Deliberante local, por lo que si el órgano legislativo la acepta, dejará su cargo luego de tan sólo seis meses de gestión junto con el intendente Pedro Galimberti. La relación entre ambos es motivo de intrigas y rumores en la ciudad del norte entrerriano: se habla de un pronto desgaste político e institucional en el binomio ejecutivo. Sin embargo, Pezzini no ha hecho declaraciones públicas sobre el abandono de su cargo. En diálogo con INFORME DIGITAL, el presidente comunal Pedro Galimberti se limitó a confirmar la presentación de la renuncia por parte de su vice y, en cuanto a las causas de la declinación, a expresar que “yo no tengo que convertirme en su vocero. Él presentó la renuncia y los motivos tiene que darlos él”. Ante la repregunta, el intendente dijo sobre la renuncia formal “creo que habla de unas cuestiones vinculadas a que dejó de pertenecer al espacio político”, es decir a la alianza Cambiemos que gobierna Chajarí. Galimberti negó que Pezzini le haya anunciado la renuncia a él primero y evitó pronunciarse sobre la decisión. “Esto lo hablaré en algún momento con él, hay que hacer evaluaciones políticas de conjunto y yo no voy a hacerlas personales. Las evaluaciones son del espacio político”, expresó el mandatario. “A mí me eligieron cuatro años para gobernar y voy a cumplir esa responsabilidad”, agregó Galimberti. Respecto de sus perspectivas de gobierno, entendió que “se llevarán adelante los procesos institucionales que existen y nosotros seguiremos en la gestión. Más allá de que esto es importante, hay otras preocupaciones que tienen que ver con el día a día”, concluyó. Si el Concejo Deliberante acepta la renuncia, asumiría en lugar de Pezzini el vicepresidente 1º del Cuerpo, que es el titular del bloque de concejales de Cambiemos Marcelo Borghesan, un hombre que, según dijo Galimberti a INFORME DIGITAL, “proviene del socialismo”. La Ley de Municipios 10.027 que rige estas cuestiones en la provincia establece en su artículo 191º que “la función pública que deriva de los cargos electivos” sólo puede renunciarse por los siguientes causales: “imposibilidad física o mental; mudanza de residencia de la ciudad donde ejerce la función; incompatibilidad con otras funciones; haber dejado de pertenecer al partido político que propuso su candidatura; y haber pasado los 70 años de edad”. En tanto, el artículo 95º, entre las atribuciones y deberes del Concejo Deliberante, fija la de “admitir o rechazar las excusaciones o renuncias de sus miembros y del Presidente Municipal”.