Lo habían sugerido los padres de Micaela García pero no avanzó. Ahora el abogado personal del ex intendente de Santa Elena, Daniel Rossi, presentó una denuncia que imputa a Jorge García diez cargos y pide su destitución.
C
arlos Guillermo Reggiardo, abogado personal de Domingo Daniel Rossi, ex vicegobernador, ex intendente de Santa Elena y enemigo íntimo del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar García, radicó una denuncia formal ante el Jurado de Enjuiciamiento contra el titular del Ministerio Público Fiscal.
La presentación se centra en mal desempeño y solicita "la apertura del procedimiento de remoción del fiscal denunciado, ordenando su suspensión y oportunamente la destitución en mérito de los múltiples hechos".
Cabe recordar que, luego del frustrado jury contra el juez de ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, los padres de Micaela García -la joven asesinada en Gualeguay en abril de 2017- habían manifestado que evaluarían la posibilidad de promover la destitución de García, quien se había negado a acusar desde el MPF a Rossi por haber liberado al femicida Sebastián Wagner pese a informes negativos del Servicio Pentenciario. Finalmente la iniciativa de la familia no se concretó.
La presentación de Reggiardo enumera diez hechos que, a su entender, justifican la remoción del jefe de los fiscales de la provincia, a saber:
Falta de idoneidad
Alega el abogado la violación de las previsiones del artículo 6 de la Constitución provincial, ya que García "accede a su primer cargo jerárquico en la Administración de Justicia como secretario del Juzgado de Instrucción de Concepción del Uruguay en el año 1979, en pleno proceso militar. Ello de por si es suficiente para determinar la destitución sin más no solo coincide con las estructuras del proceso militar, sino que revela una personalidad de violencia, violación de los Derechos Humanos y alejada de la mentalidad que la democracia".
Incumplimiento del deber de acusar
Aquí alude el patrocinante legal personal de Daniel Rossi al caso Micaela. Denuncia al Procurador por no haber acusado al juez Carlos Rossi, por lo que habría "un manifiesto incumplimiento del procedimiento de la Ley de enjuiciamiento, que en su artículo 27 dice expresamente que ‘la acusación formal del Fiscal contendrá una relación precisa del hecho y de la actuación que le cupo al imputado (…). El auto de formación de causa obligará al fiscal a mantener la acusación”.
Reggiardo considera que "el procedimiento de Jury es un proceso especialísimo, que tiene una obligación que pesa sobre él que es clara y contundente".
Según la denuncia, García hizo “un retorcido análisis para concluir que esa manda legal a él no lo obliga, una muestra más del procurador de creerse que está por encima de la ley". El jefe del MPF había fundado que "genera rispidez interpretativa la obligación legal de acusación frente a las disposiciones Constitucionales sobre la estructura y normas potestativas del Ministerio Público Fiscal, a cuyo titular se encarga la tarea de acusación eventual".
Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y
abandono de persona
En uno de los fundamentos de la presentación que apunta a asuntos familiares del Procurador, el denunciante recuerda que García "es casado en primeras nupcias en Concepción del Uruguay con Ana Presas, con quien tuvo tres hijas" y que, tras la acción que su ex esposa promovió por alimentos, “la casi totalidad del foro recibía amenazas de García”.
Reggiardo (centro, adelante, de bermudas), armador político y abogado personal de Daniel Rossi (en la foto detrás de él).
"Los autos están archivados en los tribunales de Concepción del Uruguay, se sospecha, ante la designación en el Poder Judicial (de Colón y en la actualidad como fiscal de Familia en Concepción del Uruguay) de la doctora Presas", advierte Reggiardo en el documento.
Denegatoria al acceso del derecho constitucional a la información publica
La denuncia también refiere a que el Procurador firmó 72 resoluciones con designaciones y sobre las cuales la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) le ordenó brindar información pública ante un recurso de amparo promovido por la Sección Paraná del Colegio de Abogados.
Pago de honorarios con dineros públicos
Hecho relacionado con el anterior, Reggiardo reseñó que, ante el fallo adverso, "la Procuración trasladó a la ciudadanía una obligación que pesaba sobre el patrimonio particular de un funcionario público", mientras que se había condenado "en costas a Jorge Amílcar Luciano García, no a la procuración como institución".
"Ante su negativa de pago y el pedido de embargo de sus cuentas, la Tesorería General del Poder Judicial de Entre Ríos efectuó un depósito judicial por 18.900 pesos", precisó el abogado denunciante.
Designacion de los fiscales auxiliares sin concurso
La presentación ante el Jurado de Enjuiciamiento menciona también una acción de inconstitucionalidad que realizó el ex convencional radical Juan Carlos Arralde, en representación de una abogada de la matricula provincial y repasa que el STJ hizo lugar parcialmente a la acción y declaró la inconstitucionalidad del artículo 50 de la ley N° 10.407, orgánica del Ministerio Público Fiscal. "La designación de fiscales auxiliares hace que la Procuración sea un ejército a cargo del procurador, cometiendo innumerables irregularidades", fustigó el firmante
Tráfico y abuso de influencias
Otro de los cargos imputados en la denuncia asegura que García "nombró en el Juzgado de Concepción del Uruguay en forma irregular como psicólogo a Rafael Chappuis, casado con una de sus hijas, violentando especialmente las exigencias concursales que se debían cumplir".
Omisión e incumplimiento de la orden judicial de investigar
Aquí refiere la solicitud del jury a las responsabilidades de los funcionarios condenados por sedición ocurrida en Concordia los días 8 y 9 de diciembre de 2013, más precisamente a una denuncia de un grupo de policías condenados contra la sentencia condenatoria del tribunal integrado por los jueces Barbagelata, Gallo y Perroud.
Vinculación con los medios de comunicación – operaciones de
prensa
En quizás el cargo más llamativo, Reggiardo afirma que García "ha propiciado y ejecutado a través de los medios de comunicación amigos actos de publicidad de las causas judiciales de mayor trascendencia en la vida religiosa y política de nuestra provincia a los albores de la Investigación Penal Preparatoria, filtrando a través de sus operadores judiciales información sensible en aras de ir creando una conciencia errónea de culpabilidad y condenatoria contra los sujetos sometidos a proceso judicial".
En particular ejemplifica con las causas contra Justo José Ilarraz, Carmelitas de Nogoyá, Juan Diego Escobar; Marcelino Moya y Mario Gervasoni y asegura que "información proporcionada en soporte papel o in voce, que sólo la conocía la Procuración, a los minutos salía reflejada en portales como 'Análisis Digital' o 'Entre Ríos Ahora'”.
En esto la denuncia se vuelve personal, ya que el abogado señala que "la misma practica ha desplegado en investigaciones donde se
encuentra involucrado el honor de ciudadanos como el suscripto, a quien se lo
notificó mediante la prensa amiga del procurador del inicio de una causa
judicial tildándoselo en titulares de 'Estafa millonaria'”.
"El honor de las personas lo ha destruido en campañas mediáticas orquestadas y dirigidas por el mismo. Ni una sola medida ha tomado en aras de frenar tamañas campañas de desprestigio", asevera el pedido de jury.
Influencia confesa en la Cámara de Casación Penal
Por último, la denuncia contra García remite a "la fuerte influencia que mantenía y aún hoy mantiene sobre las camaristas Marcela Davite de Acuña y Marcela Badano. Con la primera lo une una fuerte relación de amistad; con la segunda los une una relación de pareja de público y notorio conocimiento", advierte Reggiardo.
La denuncia completa