El Procurador General deberá responder a un pedido de acceso a la información pública de un diputado radical, que tuvo que presentar un amparo para conseguirlo. El juez no hizo lugar a las evasivas del jefe de los fiscales.
U
n fallo conocido este miércoles sobre el acceso a la información pública ordena a la Procuración General de Entre Ríos, a cargo de Jorge García, a responder en el plazo de 48 horas a una petición realizada en marzo acerca de las causas de corrupción que tramitan en la Justicia provincial.
El fallo dio la razón al diputado provincial Eduardo Solari en el recurso de amparo que presentó contra el Procurador General. El legislador definió la decisión como “un avance importante para terminar con el oscurantismo y la impunidad en Entre Ríos".
La petición fue presentada en marzo pasado para conocer la
fecha de inicio y el estado de cada una de las investigaciones en marcha, ya
que muchos expedientes no se encontraban disponibles en la mesa virtual de los
tribunales; motivos o razones de la demora, si las hubiese, de la elevación a
juicio oral de cada causa y los montos de dinero involucrados en cada uno de
los presuntos hechos de corrupción, entre otros puntos.
"Groseramente, el Procurador General pretendió esquivar
un derecho", fustigó Solari. Es que el jefe del Ministerio Público Fiscal no
contestó los pedidos de información del legislador. Primero evitó responderlos a
través de su secretario. Y, ante la insistencia de Solari –asesorado por el
abogado Rubén Pagliotto- volvió a negarse a brindar la información requerida,
en esa segunda oportunidad a través de la Procuradora Adjunta, Rosa Alvez
Pinheiro.
La funcionaria cuestionó el reclamo de Solari por
considerarlo “extemporáneo” y además sugirió que el pedido de información era “improcedente”
porque debía realizarse ante el Superior Tribunal de Justicia y no ante la Fiscalía.
Sin embargo, el juez Elvio Garzón, que dictó el fallo a
favor de Solari, cuestionó esas observaciones de la Procuradora Adjunta. Por un
lado aseguró que el pedido del diputado estaba dentro de los tiempos
correspondientes porque el receso judicial de meses anteriores, debido a la
pandemia del coronavirus, extendió los plazos procesales.
Además, el juez ratificó que el Ministerio Público sí debe
dar cuenta de su accionar ante pedidos de información pública. Y citó la ley
Orgánica del MPF, que en su artículo 17 establece el “deber de informar a la
opinión pública, por sí o a través de la oficina respectiva, acerca de los
hechos o asuntos de trascendencia o interés general referentes a los casos
donde intervenga el Ministerio Público, dentro de los límites fijados por las
leyes y siempre que ello no comprometa el éxito de la investigación o derechos
de particulares”.
El diputado radical, tras conocer el veredicto de Garzón,
celebró que “hemos dado un gran paso para que el Ministerio Público Fiscal
junto al Poder Ejecutivo, a través de la Ministra de Gobierno y Justicia
Rosario Romero, dejen de acondicionar causas de acuerdo a las necesidades
políticas del gobierno”.