Jueves 07 de enero de 2021
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Política
Conflicto de poderes por límites a la reforma

El Colegio de Abogados de Entre Ríos expresó su rechazo ante la pretensión del Ministerio Público Fiscal de limitar la ley en los delitos de violencia de género y abuso sexual.

GarcíaProcurador
García decidió excluir los delitos de violencia de género y abuso sexual del sistema de jurados populares.

E

l Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER) salió a defender la ley de Juicio por Jurados, que el Ministerio Público Fiscal (MPF) pretende reformar limitando su alcance en los delitos de violencia de género y abuso sexual. “Rechazamos cualquier intento directo o soslayado de planteos de inconstitucionalidad de la norma”, indicaron.

El CAER expresó su preocupación ante la instrucción general 02/2020 del Ministerio Público Fiscal que objetó algunos artículos de la ley de Juicio por Jurados, sancionada por la Legislatura por unanimidad y con el aporte previo de la comunidad judicial y especialistas de la materia.

El procurador general, Jorge Amílcar Luciano García, decidió excluir los delitos de violencia de género y abuso sexual del sistema de jurados populares.

“Como impulsores de pre proyectos y conspicuos participantes del proceso de sanción de la ley que nos rige en la actualidad, bregamos por la plena vigencia de la norma que fue oportunamente ampliamente debatida en encuentros provinciales, foros y en ambas cámaras de la Legislatura”, sostuvo el Colegio en un comunicado.

Lo que dice el archivo

“El texto legal contiene los resortes necesarios para garantizar la tutela judicial efectiva tanto a la víctima como a quien debe ser juzgado – agrega el texto-, garantizando de esta forma todos los derechos de raigambre constitucional y de pactos internacionales incorporados por la Constitución Nacional y leyes de nuestro país”.

Lo que dice el archivo

Como institución colegial pionera en la provincia en la provincia en proponer la implementación del Juicio por Jurados – manifestaron –  “rechazamos cualquier intento directo o soslayado de planteos de inconstitucionalidad de la norma, o limitaciones a distintos tipos delictivos que por la pena que les corresponde están comprendidos en el texto legal y procederemos en derecho dentro de las facultades que poseemos a su defensa, porque estamos convencidos y comprometidos a que la democratización del proceso penal con la participación directa de la ciudadanía jerarquizan nuestra sociedad y colocan a nuestro sistema judicial como adelantados en el país, cumpliendo así con la manda constitucional vigente desde 1.853”.


Fuente: Página Política.


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